jueves, 19 de marzo de 2015

Aprueba proyecto que modifica, adiciona y deroga artículos de Ley que creó la Escuela Vocacional de Chapala


El Consejo de Gabinete aprobó el proyecto de Ley que  modifica, adiciona y deroga artículos de la Ley 6 de 22 de enero de 1965, mediante la cual se creó la Escuela Vocacional de Chapala.

El titular de Desarrollo Social, Alcibíades Vásquez explicó que a través de este proyecto el Gobierno de la República de Panamá tiene el interés de adecuar la legislación  que fue creada hace 50 años, a los tiempos actuales, para brindar un mejor servicio y cooperación a los adolescentes que atiende la Escuela Vocacional de Chapala.



Vásquez manifestó que la Escuela Vocacional de Chapala, es una institución que requiere constante adecuación de sus programas, en los aspectos técnico y pedagógico, para desempeñar su labor reeducadora con un enfoque de desarrollo personal y social, buscando la formación de una persona equilibrada y un ciudadano responsable y capaz.

La iniciativa establece que la Escuela Vocacional de Chapala tendrá entre sus objetivos  específicos: rehabilitar, orientar y preparar vocacionalmente a menores en riesgo social o en conflicto con la Ley y ofrecer a la población de adolescentes, residentes en la institución o en régimen de asistencia diurna, la oportunidad de reintegrarse al sistema educativo y concluir  la educación pre-media y básica general mediante la oferta curricular diferenciada y específica de la Escuela.

Igualmente deberá lograr cambios efectivos en el comportamiento social de los adolescentes, haciéndoles progresivamente capaces de dirigir su vida por criterios éticos, con autonomía, libertad y responsabilidad, deberá promover la colaboración y el compromiso de la familia en el proceso resocializador de los adolescentes, de forma que esta constituya un apoyo básico para su reinserción social y realizar cualesquiera proyectos que en el futuro se estimen convenientes para los propósitos de la institución, su sostenibilidad y adecuación a las nuevas necesidades educativas.

Patronato y sus funciones

La Escuela Vocacional de Chapala estará dirigida por un Patronato que será nombrado por el Órgano Ejecutivo de la siguiente manera: el ministro de Desarrollo Social o la persona que este designe, quien lo presidirá, dos  representantes del Club de Leones de Panamá, un representante del Club Rotario de Panamá, un  representante del Club Activo 20-30 de Panamá, un  representante de la Universidad de Panamá (UP) y un representante del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep).

Los miembros del Patronato, con excepción del ministro de Desarrollo Social o su representante, serán designados para un periodo de tres  años, prorrogables por tres  años adicionales y prestarán sus servicios ad honorem, y solo se les reconocerán los gastos de representación en que incurran en el cumplimiento de una misión del Patronato.

Entre las funciones del Patronato están: establecer la estructura administrativa para el buen funcionamiento de la Escuela, dictar el reglamento general y el manual de cargos y funciones del Patronato, contratar, nombrar o remover al director y al administrador de la Escuela, dirigir y vigilar la administración de la Escuela y aprobar o improbar los contratos, nombramientos y remociones del personal subalterno que haga el director, de conformidad con el Reglamento Interno de la Escuela.

La administración inmediata de la Escuela Vocacional de Chapala y el manejo de los fondos, en los términos aprobados por el Patronato y bajo la vigilancia de este, estará a cargo de un administrador, que será nombrado por el Patronato.

Por otro lado, el Gabinete aprobó la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación de Panamá y el Plan Nacional 2015-2019, presentado por la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), a través del Consejo Interministerial de Ciencia, Tecnología e Innovación CICYT, el cual integra y forma parte de la presente Resolución de Gabinete.

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