El proyecto de Ley 109, que modifica el artículo 201 del Código Penal para aumentar la pena del delito de violencia doméstica agravada, recibió tercer debate este jueves en el pleno legislativo.
De acuerdo con el contenido de la norma, el objetivo es buscar una congruencia jurídica entre los aspectos legales y sanciones que les correspondan a los que provocan lesiones a sus familiares.
El Proyecto de Ley 109, para aumentar la pena del delito de violencia doméstica agravada, será de seis a nueve años de prisión y esta se aplicará cuando haya lesiones físicas que produzcan una incapacidad no superior a los sesenta días.
Esta norma, según se desprende, subsana un error involuntario que se cometió durante la discusión de la Ley 82 de 2014 sobre femicidio.
Los representantes de la procuraduría señalaron que cuando se hizo esa modificación, se produjo un aumento de la sanción, ya que el artículo 200 del Código Penal, que tipifica la violencia doméstica, en su forma simple, establecía una penalidad de dos a cuatro años de prisión.
Dentro de la Ley que tipifica el femicidio se aumenta la pena se cinco a ocho años de prisión, no obstante, el delito que continuaba en el Código Penal, el 201, que no fue modificado, quedaba con una pena inferior, a pesar de que la conducta era de violencia doméstica en su forma agravada.

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