El Proyecto de Ley No. 268, diseñado para modernizar y destacar la autonomía del Tribunal Electoral, fue aprobado en tercer debate por el pleno de la Asamblea Nacional. Busca, además, definir las funciones del Tribunal Electoral, toda vez que la actual Ley Orgánica data desde hace 40 años.
En el Proyecto de Ley 268 se consignan los principios fundamentales del Tribunal Electoral, tales como su autonomía funcional y presupuestaria, y su independencia de los órganos del Estado. Lo que sin duda constituye, según el documento, un refuerzo del manejo que ha caracterizado a la entidad desde su organización en el año 1990 y, en particular, en virtud de la reforma constitucional de 2004.
La normativa, de acuerdo con su proponente, Erasmo Pinilla, hace una enunciación de las funciones que en la actualidad desarrolla el Tribunal Electoral, tales como el registro de los hechos vitales, la identificación ciudadana, la administración y organización electoral, el control de la vida de los partidos políticos, la naturalización de extranjeros, su propia administración y la investigación y docencia en los temas de derechos ciudadanos, democracia y valores cívicos.
También se detallan funciones inherentes a su carácter de ente jurisdiccional, tales como el ejercicio de la jurisdicción electoral y penal electoral, y su facultad de reglamentar e interpretar la Ley electoral, con carácter privativo y su iniciativa legislativa.
Agregó que debido al avance de la tecnología y el provecho que la institución ha sacado de ella para mejorar la calidad de sus servicios públicos, el Tribunal Electoral considera pertinente resaltar como mandato legal su obligación de utilizar tecnologías de punta a fin de que sus funciones se lleven de una manera innovadora, descentralizada, eficiente y expedita, tomando en consideración que los usuarios finales de la institución son todos los habitantes de nuestra Nación.
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